Contrato

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE GRUPO EMPRESARIAL LANSAT INTERNATIONAL, S.A. DE C.V. REPRESENTADA PARA ESTE ACTO POR SU ADMINISTRADOR UNICO, CARLOS ENRIQUE LANZAGORTA GONZALEZ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (“LANSAT”) Y POR LA OTRA PARTE ______________________________________ REPRESENTADA PARA ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL, ______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (“EL CLIENTE”), AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

 

  1. DECLARACIONES

 

PRIMERA. DECLARA LANSAT QUE:

Es una persona moral conforme a las leyes vigentes en la República Mexicana, como lo señala su Acta Constitutiva No. 2401 realizada ante la Fe del Notario Público No. 90, Lic. Raúl Ramirez Elizalde. LANSAT tiene como objeto la comercialización de Localizadores Satelitales con domicilio fiscal en Viaducto Miguel Alemán No. 924 Interior 203, Col. Nápoles 03810 México, D.F. Del. Benito Juárez con Registro Federal de Contribuyentes gel131104UL5.

 

SEGUNDA. DECLARA EL CLIENTE QUE:

Todos los datos asentados en este contrato son ciertos.

Declara EL CLIENTE: 

  1. Que tiene su domicilio en _____________________________________________________________________
  2. Ha recibido información a su completa satisfacción respecto al contenido del presente CONTRATO y por lo tanto ha comprendido la forma en que LANSAT le prestará el servicio adhiriéndose a ella por medio de su póliza de servicio por medio de Estados de cuenta periódicos, en donde se muestra la unidad en la que esta instalado el dispositivo, correspondiente al monto a facturar del periodo. 
  3. En este acto solicita el servicio adhiriéndose al clausulado de este CONTRATO.
  4. Tiene la capacidad legal y solvencia económica para obligarse en términos del presente CONTRATO sin que tenga limitación alguna.

 

  1. CLÁUSULAS

PRIMERA. TÉRMINOS Y CONDICIONES 

Los términos y condiciones de este CONTRATO se acuerdan entre LANSAT y el CLIENTE, con respecto a las unidades móviles de localización que en lo sucesivo se les denominará (“LOCALIZADORES”), y al servicio de ubicación y comunicación de datos que se describen a continuación, a los cuales se les referirá como (“SERVICIOS”) (Anexo Orden de servicio)

 

SEGUNDA. ACEPTACIÓN

  1. A) LANSAT como comercializadora se obliga ofrecer los dispositivos, y en caso de contrato, a otorgar el servicio de acceso a plataforma por internet, ya sea para PC, Tablet, o sistema SMS; para rastreo vehicular a las unidades que se les instale el dispositivo para tal efecto, (Anexo 2) y al cual LANSAT instalará un LOCALIZADOR. No se encuentra condicionado o limitado por los diferentes términos y condiciones en la orden de compra o servicio, a menos que se encuentre expresamente contenido en este CONTRATO y firmado por personal autorizado de LANSAT. Este LA ORDEN DE COMPRA Y EL PAGO QUE EN ELLA SE EXPRESA, constituye la base de aceptación y total entendimiento y comprensión de las partes, que cancela, sustituye y/o elimina cualquier propuesta oral o escrita y todas las demás comunicaciones entre las partes relacionadas con el LOCALIZADOR, sus servicios, instalación y mantenimiento objeto del contrato. Los SERVICIOS comienzan a partir del primer día de transmisión del LOCALIZADOR instalado, no sin que LANSAT reciba el CONTRATO firmado por el CLIENTE o Representante Legal, así como el pago para efectuar la instalación y activación del LOCALIZADOR en los términos de este CONTRATO.

 

TERCERA. ENTREGA E INSTALACIÓN

Deacuerdo a las especificaciones contenidas al frente o contenidas en el cuerpo del CONTRATO, la entrega del LOCALIZADOR se realizará en el domicilio del CLIENTE y su instalación deberá ser en el vehículo mencionado directamente por el cliente, de acuerdo con las especificaciones recibidas. La instalación impropia o no autorizada, que haya realizado personal no autorizado por LANSAT, invalida la garantía otorgada, excentando a LANSAT, de cualquier responsabilidad que haya en contra del vehículo en cuestión. 

Garantía de la Instalación: LANSAT garantiza la instalación del LOCALIZADOR, hecha por LANSAT o por medio de un instalador autorizado por LANSAT, sus afiliadas o distribuidores autorizados contra defectos de operación por un periodo de 15 días. Si la instalación es defectuosa después de haber sido revisada por LANSAT o su instalador autorizado, se instalará el LOCALIZADOR sin costo para el CLIENTE. En el momento de concluir la instalación, EL CLIENTE se verá obligado a revisar física y personalmente la unidad, así como el funcionamiento de todos sus componentes, todo en apego a la Orden de Servicio. 

 

CUARTA. CONDICIONES DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RASTREO VEHICULAR.

  1. A) El CLIENTE reconoce que este CONTRATO y específicamente los párrafos relacionados con la renuncia de manifestaciones, liquidación de daños e indemnización, son aplicables a cualquier instalación de rastreo y servicios de respuesta y auxilio externos empleados por LANSAT y obligan al CLIENTE en la misma forma y con la misma fuerza como frente a LANSAT
  2. B) Descripción de los Servicios

Los dispositivos LANSAT son retransmisores manufacturados que pueden ser instalados y operados en un vehículo, siempre y cuando el sistema eléctrico del mismo tenga el mantenimiento adecuado. Si está instalado propiamente, el Dispositivo le permitirá ver el adecuado paradero de su vehículo o enviarle comandos específicos por medio de la conexión a la página Web de LANSAT ******* www.lansat.mx ******* para el cual LANSAT le asignará un nombre de usuario y contraseña. Los servicios elegidos por el CLIENTE serán entregados por escrito, incluyendo sin limitación alguna de servicios y uso aprobado de las “especificaciones del producto”. Los servicios son para la localización y comunicación con el vehículo. Los servicios no tienen conexión alguna con ninguna agencia de seguridad pública o privada. LANSAT hará lo posible por llamar y contactar a las Instituciones Públicas correspondientes en su nombre, y en ningún caso LANSAT será responsable de la falta u omisión de apoyo o asistencia o por los tiempos de respuesta de estas Instituciones. En caso de ser necesario, el CLIENTE deberá contactar a la agencia o institución de seguridad apropiada para obtener la asistencia correspondiente. Todos los servicios dependerán del plan que se haya contratado, ya sea anual o mensual (“paquetes de servicios”) elegido por el CLIENTE.

  1. C) Forma de Pago

I.-El cliente pagará en efectivo o depósito bancario en la cuenta de Bancomer Cta. 01961717110 o CLABE INTERBANCARIA 012180001961717103 a nombre de GRUPO EMPRESARIAL LANSAT INTERNATIONAL, S.A. DE C.V. La cantidad que corresponda al tipo de servicio que contrate, según lo expuesto en las Órdenes de Compra

II.-En caso de contratar mensual, la fecha de pago se hará en apego al día de instalación e inicio de transmisión de las unidades. En caso de ser varias, se considerará la primera como fecha de pago. En caso de que haya más de ocho días en la culminación de las instalaciones, se hará un ajuste en el siguiente mes, contando los días de servicios, de tal forma que todas paguen lo justo el mismo día. 

En caso de que no se realice el pago oportuno, según lo estipulado, LANSAT podrá suspender la plataforma, cancelar las líneas celulares o negar su servicio en caso de siniestro o robo. 

III.-Para efecto de lo anterior, LANSAT enviará vía correo electrónico, siguiendo las instrucciones de EL CLIENTE, un Estado de cuenta, señalando el monto, los servicio que se están cobrando, y la fecha de pago.  

IV.- En caso de contratar anual, la fecha de corte se considerará el día en que la(s) unidades empiecen a dar servicio. En caso de ser dos o más, se considerará una media entre las participantes. 

V.- En caso de no recibir el pago de la anualidad, por concepto de renovación, LANSAT se reserva el derecho de continuar el servicio, pudiendo cerrar plataforma, cancelar líneas celulares, o negar su participación en caso de algún siniestro en contra de la unidad. 

VI.- Los servicios de LANSAT, son anuales, no importando la forma de pago, por lo que, en caso de desear cancelar el servicio de parte de EL CLIENTE, se verá obligado a liquidar los meses faltantes para el cumplimiento del año natural. 

  1. D) Uso de los servicios

Los servicios son únicamente para que usted pueda localizar y comunicarse con su dispositivo, por lo tanto, no deberá ser revendido o usado por alguna persona diferente al CLIENTE a menos que se convenga con LANSAT “Acuerdo Comercial de Reservas de Derechos”. Usted reconoce que LANSAT puede, para efecto de su prueba interna y para propósito de control sin algún costo para Usted ubicar o localizar uno o más de sus dispositivos. 

  1. E) Notificación de Alarmas

En caso de que en nuestra central de asistencia se reciba una señal de alarma proveniente del dispositivo, LANSAT enviará dicha notificación al “contacto de emergencia”, según instrucciones de parte de EL CLIENTE, vía correo electrónico, por teléfono o mensaje instantáneo; quedando exento LANSAT de las fallas en las vías de comunicación que puedan presentarse en el momento.

Dependiendo del tipo de alarma, LANSAT hará lo posible por notificar a la Institución correspondiente de la Alerta del Sistema. (policía, ambulancia, seguro, etc.)

  1. F) Cumplimiento y leyes

El CLIENTE es responsable por el uso del servicio incluyendo cualquier servicio adicional u opcional seleccionado. El CLIENTE acepta cumplir con todas las leyes, reglamentaciones, reglas y regulaciones gubernamentales en la Republica Mexicana, sean de orden federal, estatal o municipal o de cualquier otro gobierno del extranjero, otra agencia o autoridad pública, y libera a LANSAT de cualquier responsabilidad o pérdida por la violación de leyes, reglamentos o regulaciones establecidas, ocasionada por usted o por cualquiera de sus empleados, representantes o agentes.

  1. G) Pago de Impuestos

 El CLIENTE deberá pagar a LANSAT conforme a los términos establecidos en este CONTRATO, los impuestos propios por el pago de la factura. En caso contrario, LANSAT podrá negar el servicio, así como cumplimiento de garantías. 

 

QUINTA. DURACIÓN, TÉRMINO Y RENOVACIÓN DE ESTE CONTRATO.

Este CONTRATO será vigente en todos sus términos y efectos por el periodo de doce meses, tiempo en el que EL CLIENTE se obliga a cubrir las cuotas, ya sean anuales o mensuales, estipuladas en las Órdenes de compra. 

En caso de contratar mensualmente, no podrá haber cancelación del servicio o del pago, respectivamente, hasta la culminación del periodo, salvo casos de incumplimiento, claramente comprobable, del presente instrumento, de alguna de las partes. 

El presente contrato, en caso de determinar terminar este acuerdo previa notificación escrita con 30 días de anterioridad al último día del pago de suscripción actual. A pesar de lo anterior, este contrato deberá terminarse sin responsabilidad alguna, para LANSAT en o que las tecnologías usadas por LANSAT para el fin de dar el servicio se volvieran, obsoletas, antiguas o simplemente dejaran de funcionar si las autorizaciones con que cuenta LANSAT son canceladas por alguna autoridad. Este contrato es exclusivo de LANSAT y cualquier persona o entidad deberá renunciar al beneficio de continuidad o permanencia.

 

SEXTA. PENALIZACIONES 

El CLIENTE se obliga a pagar de forma periódica el servicio de acceso a plataforma y servicio de asistencia, los días estipulado para tal fin. En caso de negación o mora en el pago correspondiente, EL CLIENTE acepta pagar una penalización del valor CETE del momento (28 días), por cada día que se exceda, no pudiendo ser más del día 10. Pasando esta fecha, LANSAT se reserva el derecho de prestar el servicio de acceso a plataforma, así como de la asistencia. En caso de llegar a esta fecha. El cliente pagará una penalización de reconexión de $300.00 por unidad, en una sola exhibición, más I.V.A. Y en caso de no desear continuar con el servicio, EL CLIENTE acepta pagar el saldo del año que quede pendiente por cubrir.

 

SÉPTIMA. CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO

Son causas de suspensión del servicio del rastreo vehicular bajo la responsabilidad del CLIENTE las siguientes:

  1. l) Tener adeudos con LANSAT por cualquier contrato de la misma naturaleza que el presente.
  2. II) No pagar el CLIENTE las cantidades adeudadas con LANSAT en las fechas limites de pago.

III) La falsedad de declaraciones o datos proporcionados por el CLIENTE.

  1. IV) La falta de localización del CLIENTE aparejado con un adeudo mayor a diez días posteriores a la fecha de corte de su facturación.
  2. V) Si el CLIENTE incumple con lo estipulado en el último párrafo de la cláusula inciso “C” de este contrato.
  3. VI) Si por cualquier causa es rechazado el cargo automático del servicio en la tarjeta de crédito ofrecida como medio de pago por el CLIENTE.

VII) Si por cualquier causa es devuelto el cheque por la institución bancaria. En este caso el cliente pagará inmediatamente a LANSAT el cargo bancario que se genere por este concepto, así como el 20% de penalización marcado en la ley. De no hacerlo así, se aplicará la penalización señalada en el párrafo anterior. 

La suspensión como consecuencia de los incisos anteriores no implica la cancelación de este CONTRATO y por tanto es procedente el pago de la cuota mensual hasta la cancelación del CONTRATO, por lo que el CLIENTE se obliga a pagar todos los cargos pendientes a favor de LANSAT y a cumplir con el plazo pactado en este CONTRATO, haciéndose acreedor en caso de incumplimiento a la pena convencional estipulada en el primer párrafo de la cláusula sexta de este CONTRATO.

 

OCTAVA. CAUSAS DE RESCISIÓN DE CONTRATO.

Son causas de rescisión imputables al CLIENTE las siguientes:

  1. I) El incurrir en el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este CONTRATO.
  2. II) El no cubrir puntualmente los pagos correspondientes al servicio contratado.

III) La cesión, transferencia o cualquier otra forma similar o análoga de transmitir los derechos y obligaciones contenidos en este CONTRATO a terceros sin la previa autorización por escrito de parte de LANSAT




NOVENA. GARANTÍA Y MANTENIMIENTO.

LANSAT garantiza los dispositivos contra cualquier defecto de fabricación de los materiales por un periodo de un año a partir de la fecha de instalación. Las fallas o defectos que se presenten en algún dispositivo, ya sea en los materiales, equipo, serán repuestas o reparadas a juicio de LANSAT y absorberá los costos y proveerá los servicios de acuerdo al plan de servicios seleccionados, mas no garantiza reposición total del equipo o servicio, las interrupciones del mismo o fallas, errores o la interrupción del servicio.

  1. A) Mantenimiento

El servicio de mantenimiento se proporcionará en días y horas hábiles, excluyendo domingos y días festivos, una vez que el CLIENTE notifique a LANSAT que existe un problema con el dispositivo. El servicio de mantenimiento incluye solamente la mano de obra necesaria para la reparación de cualquier dispositivo, siempre y cuando la reparación se deba a uso, desgaste ordinario o mal funcionamiento del dispositivo, no a causas externas. LANSAT. Se reserva el derecho de seguir prestando el servicio de mantenimiento si en su opinión su capacidad para cumplir con el servicio de mantenimiento se ve menoscabada por actos u omisiones del CLIENTE o por la condición del vehículo rastreado. LANSAT. No se verá obligada a proporcionar el servicio de mantenimiento ni será responsable conforme a este CONTRATO por las reparaciones, reemplazos o adiciones a el dispositivo que sean necesarias debido a: (I) uso inadecuado; (II) robo;(III) desastres naturales como huracanes, inundaciones, incendios, terremotos;(IV) revueltas, sabotaje, actos de guerra;(V) reparaciones, modificaciones, cambios, reubicación o reinstalación del dispositivo, por personal que no sea autorizado por LANSAT. o de quien éste designe; (VI) impacto poco usual, daño eléctrico o corrosivo de la atmósfera a los circuitos electrónicos del dispositivo; (VII) equipo que no haya sido instalado por LANSAT o por quien éste designe; (VIII) no mantener el CLIENTE las especificaciones de utilización recomendadas por LANSAT (IX) las causas que no sean de uso ordinario de la dispositivo por parte del CLIENTE; (X) accidentes; (XI) conexión a un voltaje impropio; (XII) problemas de recepción o transmisión causados por un mal nivel de señal o una antena impropia (que no fuera la indicada por LANSAT); (XIII) de igual forma aquellos problemas de recepción causados por un nivel inadecuado de señal en el área de operación. En caso de que se requieran servicios adicionales debido a cualquiera de los anteriores, LANSAT o quien esta designe podrá proporcionar estos servicios cobrando la tarifa vigente de mantenimiento o instalación y el CLIENTE se obliga a pagar dicha tarifa vigente. La obligación de LANSAT de prestar los servicios de reemplazo o reparación conforme a este CONTRATO están condicionados a la disponibilidad de la parte o componente original. En caso de que la parte o componente no esté disponible, LANSAT podrá sustituir este con un producto similar en funcionalidad. El CLIENTE se obliga a pagar cualquier parte, refacción o sustituto en la tarifa que LANSAT tenga en vigor al momento de la reparación o reemplazo. El término “reparación”, como se usa en este CONTRATO, de ninguna forma se deberá interpretar como mantenimiento preventivo o inspección.

El CLIENTE acepta que los servicios son en base al servicio vendido por un tercero, que es suministrado por este tercero, y que LANSAT. Compra con todos los lineamientos legales, que el servicio es suministrado utilizando las redes celulares de uno o más participantes, conforme a los convenios, términos, y condiciones estipuladas por este o estos. El cliente entendido de la forma y condiciones de esta tecnología no interpondrá queja alguna en contra de LANSAT por la falta de este servicio. CLIENTE reconoce que la cobertura completa de cualquier área conforme al mapa de cobertura, está sujeta a las eventualidades que en este CONTRATO se señalan. La existencia de condiciones adversas, tales como fenómenos meteorológicos a corto plazo y ondas del cielo interfase o espacio de comunicaciones, pueden interrumpir los servicios en algunas ocasiones. Ciertas circunstancias tales como el clima, túneles, estructuras bajo tierra, edificios construidos en terrenos, muy altos o muy bajos, estacionamientos cerrados o subterráneos, o áreas de conducción limitadas o restringidas, instalación fallida, arranque de motor y otros ruidos eléctricos, así como radio señales de fuentes externas, pueden interferir con el funcionamiento del servicio. El mapa de cobertura describe los parámetros generales de la cobertura esperada y no de una garantía de cobertura.

 

DÉCIMA. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD Y LIQUIDACIÓN DE DAÑOS

LANSAT no es un asegurador, y no será responsable ni por el CLIENTE ni por otra persona, de la pérdida o daño causado por algún interruptor del servicio a pesar de su causa. El CLIENTE si así lo desea, deberá contratar con una compañía aseguradora el correspondiente seguro que cubra las pérdidas y daños a bienes muebles o inmuebles. Los pagos y cargos estipulados en este contrato se basan únicamente en los servicios aquí descritos y no se relacionan al valor del vehículo en cuestión,  ni los bienes del CLIENTE o de terceros localizados en el mismo, por lo que LANSAT no es responsable con el CLIENTE o con terceras personas por daños causados por la prestación del servicio, por incidentales, generales o especiales sin ninguna limitación, así como la pérdida o daños a sus vehículos o pérdidas de bienes o propiedades, aún cuando LANSAT. Haya avisado de la probabilidad de dichos daños, puesto que los servicios proporcionados por LANSAT al CLIENTE están diseñados para detectar o advertir eventos y no para prevenirlos, por lo que el CLIENTE reconoce que no es factible fijar los daños que podían resultar por falta de LANSAT. En el cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente CONTRATO o por una falla en el dispositivo, o a causa en fallas de la señal de comunicación que se este utilizando  para operar adecuadamente. No procederá ningún castigo por infracción de este CONTRATO La falla de LANSAT, sus funcionarios, agentes, subordinados, empleados, proveedores o subcontratistas de cumplir o haber cumplido adecuadamente con cualquiera de las condiciones estipuladas en el presente CONTRATO, incluida la reparación, instalación, monitoreo u otros servicios o la falla del sistema en cualquier respecto, la responsabilidad de LANSAT no pagará ni rembolsará cantidad alguna si los dispositivos en cuestión funcionaron correctamente, y dejaron de hacerlo por consecuencias ajenas a él, y no se le haya dado aviso oportuno..

 

DÉCIMA PRIMERA. INDEMNIZACIÓN DE TERCEROS

El CLIENTE se obliga a indemnizar y a mantener en paz y a salvo a LANSAT, sus funcionarios, empleados, agentes y distribuidores autorizados, de y contra cualquier reclamación y/o juicio entablado y llevado a cabo por partes o entidades que no sean parte del presente contrato (“TERCEROS”).

 

DÉCIMA SEGUNDA. INTERRUPCIÓN DE SERVICIOS, DESTRUCCIÓN DE LA CENTRAL DE MONITOREO: CAUSA DE FUERZA MAYOR

LANSAT no se hace responsable por falla del servicio a consecuencia de terceros, ya sea técnica o físicamente. 

 

DÉCIMA TERCERA. REVISIÓN DE CUOTAS Y SERVICIOS

Al término del primer año de haber firmado este contrato, LANSAT puede en cualquier momento, enviar un aviso con 5 días de anticipación, para revisar los costos y pagos del contrato, y las características de los programas y subprogramas ya mencionados anteriormente en este CONTRATO, deacuerdo a la fecha de firma del CONTRATO con LANSAT. Si la adquisición de los dispositivos, según Orden de compra, está siendo pagados a 12 meses, LANSAT se compromete a respetar dicho plazo. 

 

DÉCIMA CUARTA. ASPECTOS GENERALES

Ninguna revisión o modificación de esto deberá vincularse con LANSAT a menos que dicha enmienda o modificación sea por escrito y esté firmada por una persona autorizada por LANSAT. El CLIENTE y LANSAT notificarán por escrito sobre cualquier cambio de domicilio para enviarse notificaciones conforme a este CONTRATO. Las notificaciones surtirán efecto cinco días después de que se envíen.

En caso de que alguna de las cláusulas de este CONTRATO sea considerada nula por algún tribunal o autoridad, no se anulará este CONTRATO y el resto de las estipulaciones se mantendrá en vigor.

En caso de cualquier controversia, litigio o reclamación resultante de este CONTRATO o relativo a este CONTRATO, su incumplimiento, resolución o nulidad, ambas partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de México, D.F., por lo que mediante este acto ambas partes renuncian expresamente a cualquier fuero o vecindad que tengan o lleguen a tener en el futuro.

Leído que fue este CONTRATO y enteradas las partes de su alcance y contenido del anverso y reverso lo aceptan y suscriben.

 

El presente se suscribe y acepta el día _____de ____________ del 20__.



EL CLIENTE




_______________________________________





GRUPO EMPRESARIAL LANSAT INTERNATIONAL, S.A. DE C.V. 





CARLOS ENRIQUE LANZAGORTA GONZALEZ. 



× ¿Cómo puedo ayudarte?